Rotunda, firme, necesaria. Así es la sentencia (1127/2009) emitida el 29 de Diciembre de 2009 por el Tribunal Supremo de España (TS) por la que ratifica la condena a los responsables de los escándalos urbanísticos de la ciudad de Andratx (Mallorca, Islas Baleares). En ella el TS constata "la desastrosa situación a la que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística". Tanto es así que, al confirmar las condenas a los responsables del escándalo urbanístico de Andratx justifica que, "ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acuda al derecho penal" para perseguir los escándalos urbanísticos con más eficacia.
El Dr. González Antón, catedrático de Derecho Administrativo de
Por otro lado, la sentencia encierra un planteamiento que se echaba mucho de menos, al afirmar que "la comunidad de ciudadanos es víctima de los despropósitos urbanísticos y que la administración urbanística también experimenta las consecuencias de las infracciones en materia de ordenación del territorio". Más aún “ desde el punto de vista de protección del paisaje, es una sentencia que marca un hito, pues establece que una sola edificación puede suponer un atentado grave al paisaje".
En cualquier caso se ha abierto un interesante debate. En opinión del Dr. Manuel Villoria, de
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