Este blog pretende contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la cultura y de la sensibilidad territorial ante las múltiples manifestaciones de agresión y deterioro a que se ven sometidos los paisajes como consecuencia de actuaciones frecuente y deliberadamente insensibles con la calidad y los recursos que los identifican.


Desea significar el compromiso de la Geografía y de los geógrafos con la defensa de la calidad de los territorios
y

de las buenas prácticas en el ejercicio de la acción pública y en sintonía con los objetivos y principios contemplados

en el Manifiesto por una Nueva Cultura del Territorio.


Planteado también con fines didácticos, se concibe como un documento aplicable a la docencia, así como un espacio de encuentro, comunicación y debate con los estudiantes y profesores de Geografía, y con quienes se interesen

por la evolución y los métodos de esta disciplina, por la utilidad e importancia de la información geográfica,

por su dimensión aplicada y por las políticas relacionadas

con la Ordenación, el Gobierno y el Desarrollo del Territorio.


viernes, 1 de enero de 2010

Una sentencia ejemplar y pionera contra la barbarie urbanística en España

Construcciones en Andratx, Mallorca (Islas Baleares)

Rotunda, firme, necesaria. Así es la sentencia (1127/2009) emitida el 29 de Diciembre de 2009 por el Tribunal Supremo de España (TS) por la que ratifica la condena a los responsables de los escándalos urbanísticos de la ciudad de Andratx (Mallorca, Islas Baleares). En ella el TS constata "la desastrosa situación a la que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística". Tanto es así que, al confirmar las condenas a los responsables del escándalo urbanístico de Andratx justifica que, "ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acuda al derecho penal" para perseguir los escándalos urbanísticos con más eficacia.

El Dr. González Antón, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de León y experto en derecho ambiental, ha subrayado que "es una sentencia muy importante, ya que en muchos casos, los jueces consideran que el Derecho Penal es la última herramienta y que en infracciones urbanísticas basta con ir por la vía administrativa", generalmente con penas más leves y mucho más lenta. Frente a esta tendencia habitual se asume el espíritu de la la Constitución cuando establece que la protección del medioambiente debe contar con sanciones penales, dejando bien claro que "ante la inoperancia de las Administraciones encargadas de perseguir las infracciones urbanísticas, el Derecho Penal y sus jueces deben intervenir directamente".

Por otro lado, la sentencia encierra un planteamiento que se echaba mucho de menos, al afirmar que "la comunidad de ciudadanos es víctima de los despropósitos urbanísticos y que la administración urbanística también experimenta las consecuencias de las infracciones en materia de ordenación del territorio". Más aún “ desde el punto de vista de protección del paisaje, es una sentencia que marca un hito, pues establece que una sola edificación puede suponer un atentado grave al paisaje".

En cualquier caso se ha abierto un interesante debate. En opinión del Dr. Manuel Villoria, de la Universidad Rey Juan Carlos Manuel Villoria "el fallo es muy claro, pero llega tarde", aunque reconoce que "es una llamada de atención a los poderes públicos y es ilustrativo del grado de impunidad en el que se encuentran las infracciones urbanísticas", mientras, por su parte, Fernando Jiménez, de la Universidad de Murcia, insiste en que la clave debe ser "matizar o limitar las competencias urbanísticas de los ayuntamientos".

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