Este blog pretende contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la cultura y de la sensibilidad territorial ante las múltiples manifestaciones de agresión y deterioro a que se ven sometidos los paisajes como consecuencia de actuaciones frecuente y deliberadamente insensibles con la calidad y los recursos que los identifican.


Desea significar el compromiso de la Geografía y de los geógrafos con la defensa de la calidad de los territorios
y

de las buenas prácticas en el ejercicio de la acción pública y en sintonía con los objetivos y principios contemplados

en el Manifiesto por una Nueva Cultura del Territorio.


Planteado también con fines didácticos, se concibe como un documento aplicable a la docencia, así como un espacio de encuentro, comunicación y debate con los estudiantes y profesores de Geografía, y con quienes se interesen

por la evolución y los métodos de esta disciplina, por la utilidad e importancia de la información geográfica,

por su dimensión aplicada y por las políticas relacionadas

con la Ordenación, el Gobierno y el Desarrollo del Territorio.


jueves, 27 de diciembre de 2012

Hacia una nueva Ley de Ordenación del Territorio en Castilla y León



Un nueva Ley de Ordenación del Territorio se acomete el Castilla y León.  

Con la ampulosa denominación de Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, su Anteproyecto ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno el día 27 de diciembre de 2012





Es un documento que conviene analizar y discutir, dada su importancia y su singularidad. En su análisis, valoración y seguimiento se centrará este blog, abierto al debate y a la reflexión de un tema de gran significación geográfica. 

De entrada llama la atención el hecho de presentarse como una Ley de Ordenación del Territorio sin engarce con la Ley ya aprobada y vigente desde 1998. Se presenta como una norma de nuevo cuño, adanista, sin balance alguno de lo realizado hasta ahora, estrictamente circunscrita a la mera reordenación administrativa de la región, en un intento decidido a favor de la modificación de la estructura municipal existente, cuyas disfunciones trata de hacer frente mediante la creación de 176 unidades básicas de ordenación (15 urbanas y 161 rurales). La finalidad no es otra que la de  adecuar el modelo resultante a las exigencias que impone la pretendida racionalidad en la reasignación de los recursos y en la gestión de los servicios esenciales sobre la base de las diferentes modalidades con que se contempla la reestructuración de la compleja trama constituida por las corporaciones locales  y las formas de integración y cooperación que entre ellas puedan producirse. Todo ello arropado también bajo el argumento del ahorro a que obliga el cumplimiento de los objetivos de déficit y sin olvidar tampoco lo que significa el reforzamiento de las atribuciones asignadas a las Diputaciones a costa de la capacidad competencial de los municipios (especialmente de los de menor tamaño). 

El recurso a figuras ya contempladas en las Leyes administrativas (estatal y autonómica), aunque inéditas o insuficientes en su aplicación más operativa desde el punto de vista funcional, revela que no se trata de una norma original sino de un intento, formal y políticamente apoyado en la disposición de los poderes locales y en la aquiescencia de las fuerzas parlamentarias, para asumir los objetivos de ajuste administrativo que se persiguen.  ¿En realidad, nace con el el consenso que el gobierno regional subraya? ¿Asistiremos a un debate interesante en las Cortes regionales o será todo un mero trámite, al amparo del respaldo político previamente recibido? El hecho de que el presidente de la Federación Regional de Municipios y provincias alerte de que su "tramitación será larga" es un advertencia que no puede ser pasada por alto. 

Y es que, más allá de la voluntad política con que han de abordarse, sus objetivos y resultados van a depender mucho de la incentivación económica que se aplique, nada desdeñable en una operación tan ambiciosa, aunque no exenta de incertidumbres dado el momento en que nos encontramos. Como tampoco hay que hacer caso omiso de las modificaciones que pudiera introducir ulteriormente la reforma de la Ley de Bases de Régimen Local a la que el Gobierno central se ha comprometido.


Sin duda la Ordenación del Territorio, tal y como revela el propio significado del concepto, el considerable desarrollo teórico de que ha sido objeto y la valiosa experiencia comparada, es mucho más que eso, aunque es obvio que la dimensión administrativa, como soporte para el funcionamiento eficaz y equitativo de los servicios,  ocupa un papel esencial en la concepción y aplicación de los instrumentos reguladores de las políticas públicas aplicadas al buen gobierno del territorio. No cabe duda de que nos encontramos ante un Anteproyecto de Ley singular dentro de España, lo que le confiere un papel de referencia precisamente por el enfoque aplicado a la configuración de un nuevo modelo de gestión administrativa local alternativo al atomizado y problemático panorama municipal heredado. 

Surge, no obstante, una pregunta inevitable: ¿derogará la Ley de 1998? Si no es así, ¿de qué forma, y permaneciendo vigente, se articulará con ella y con los instrumentos de ordenación y desarrollo territorial que contempla? ¿De qué va servir lo realizado hasta ahora y el denso cuerpo legislativo aprobado a su amparo?


viernes, 21 de diciembre de 2012

El aumento de la temperatura en la Antártida: un fenómeno comprobado

Las comprobaciones realizadas - dadas a conocer en la Revista Nature GeoScience - ponen en evidencia el proceso de calentamiento que afecta a la Antártida desde 1958, con un ascenso térmico de 2,4 grados, que supera en tres veces el experimentado en el planeta durante el mismo período. 
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