Este blog pretende contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la cultura y de la sensibilidad territorial ante las múltiples manifestaciones de agresión y deterioro a que se ven sometidos los paisajes como consecuencia de actuaciones frecuente y deliberadamente insensibles con la calidad y los recursos que los identifican.


Desea significar el compromiso de la Geografía y de los geógrafos con la defensa de la calidad de los territorios
y

de las buenas prácticas en el ejercicio de la acción pública y en sintonía con los objetivos y principios contemplados

en el Manifiesto por una Nueva Cultura del Territorio.


Planteado también con fines didácticos, se concibe como un documento aplicable a la docencia, así como un espacio de encuentro, comunicación y debate con los estudiantes y profesores de Geografía, y con quienes se interesen

por la evolución y los métodos de esta disciplina, por la utilidad e importancia de la información geográfica,

por su dimensión aplicada y por las políticas relacionadas

con la Ordenación, el Gobierno y el Desarrollo del Territorio.


lunes, 12 de marzo de 2012

¿Qué futuro espera a las costas españolas?

El debate suscitado en torno al modelo de ocupación del litoral español ha estado omnipresente en la vida política e intelectual española mucho antes de que fuese promulgada la Ley de Costas en 1988, diez años después de que la Constitución, en su artículo 132, otorgara al litoral la condición de servicio público. Se trató de una ley tardía, acometida cuando ya el espacio que lame el mar había sufrido una de las mayores alteraciones estéticas y medioambientales de cuantas se conocen en Europa. Con todo, y puesto que el consuelo del “más vale tarde que nunca” suele reconfortar como paliativo de las amenazas que se ciernen en su ausencia, la Ley introdujo medidas que hacían pensar que, al fin, la voluntad de preservación de la calidad paisajística de la costa iba a prevalecer sobre los desmanes e incurias que crónicamente se habían ejercido sobre ella.

La Ley obligó a delimitar las áreas consideradas como dominio público, prohibió que se llevasen a cabo operaciones edificatorias, si bien, y en función de los perjuicios que pudiera ocasionar a terceros, autorizó el mantenimiento de las construcciones anteriores a la norma, asignándolas la condición de concesiones estatales durante un plazo de treinta años – susceptibles de prórroga hasta los sesenta – tras los cuales se procedería a su eliminación. La aplicación de la Ley ha sido azarosa y, como era de esperar, muy controvertida: en torno a ella se han generado un sinfín de pleitos, en los que la razón se ha decantado mayoritariamente a favor de la Administración, el tribunal Constitucional la respaldó frente al recurso presentado y, en medio de no pocas interrupciones, se ha realizado ya más del 90 % del deslinde previsto. Las aportaciones efectuadas por el Dr. José Torres Alfosea, profesor de Geografía de la Universidad de Alicante, son muy esclarecedoras sobre la evolución de la normativa relacionada con la ordenación de la costa en España y sobre las manifestaciones que derivan de la aplicación de la Ley ahora cuestionada. Su consulta es obligada si se quiere profundizar en el tema.

Todo se inscribe en un proceso jalonado de numerosas tensiones y denunciado en sus aspectos más críticos por los informes que han puesto en evidencia la gravedad de las operaciones, efectivas o programadas, que han continuado deteriorando uno de los principales elementos del patrimonio natural español. Un valor que es al tiempo factor de identificación del grado de sensibilidad de una sociedad hacia sus espacios litorales. Son varias las alusiones recogidas en este blog al respecto.


No parecen correr buenos tiempos para el futuro de las costas españolas, expuestas a una amenaza permanente que ha hecho de la Ley un documento muy vulnerable. Si las declaraciones en este sentido del responsable de Medio Ambiente en el gobierno que ha comenzado su andadura a finales de 2011 son reveladoras de hasta qué punto la dialéctica entre conservación y desarrollo se modifica sin escrúpulos a favor de una ruptura de los equilibrios y prevenciones con que ha de ser contemplada, el entendimiento de la Ley más como un obstáculo que como una cautela en pro de la preservación de un bien valioso y público hace presagiar un drástico cambio de rumbo que redundará aún más en la devastación urbanística de la costa. Más aún, si, como se ha dicho, es “una buena ley mal aplicada”, resulta preocupante esa “profunda reforma” que se preconiza desde el gobierno del Estado, que en esta ocasión esgrime la situación de crisis como argumento justificativo de la presión inmobiliaria sobre el litoral reproduciendo el modelo que antaño se justificaba por las posibilidades de un contexto diferente, en el que el mercado imponía su ley para orientar una oferta en el sentido más especulativo y desaforado que imaginarse pueda. En ambas ocasiones la interfaz territorial que se configura entre el mar y la superficie emergida se ha llevado, se lleva, y se va a llevar, la peor parte. Con todo, convendrá seguir de cerca las actuaciones planificadoras que se están llevando a cabo en el litoral español, y en ocasiones con gran diligencia normativa, como se refleja en la aprobación a comienzos de abril de 2012 de tres Planes de Ordenación litoral en Andalucía correspondientes a las provincias de Cadiz, Almería y Granada.




2 comentarios:

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    5 DECLARAȚIE DE PROTECȚIE.
    6 MAGIA AFACERILOR.
    7 DECLARAȚIE DE MUNCĂ BUNĂ.
    8 HIV SIDA.
    9 OPRIȚI AVORTAREA.
    10 MIROOD ANUNȚ DE ANUNȚ.
    11 CAUZĂ TELEKINEZĂ.
    LOTERIA ORTOGRAFĂ ȘI CAZUL JUDICIAL Contact Contactați-l pentru ajutor prin: drfady720@gmail.com
    WHATSAPP:+2349039422406

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